Ya tengo el carnet de conducir, ¿ahora qué? Documentación, seguro, ITV…

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Tanto para un control rutinario como en un accidente, el agente de Policía o de la Guardia Civil te pedirá los papeles del coche para comprobar que todo está en vigor.

Más allá de aprobar el carnet del coche y poseer tu permiso de conducción, para poder conducir necesitarás tramitar cierta documentación que además siempre deberás llevar en el coche.  

Documentación necesaria que siempre tendrás que llevar en el coche

Hoy casi toda la documentación se puede consultar telemáticamente, pero hay cierta documentación que en caso de accidente o de control rutinario el agente va a solicitarte y que tendrás que entregar actualizados si quieres evitar multas de más de 200€.

Sea cual sea tu trayecto, tendrás que llevar estos tres documentos obligatorios en vigor, originales o fotocopias compulsadas, que constituyen la garantía de que cumples la ley para circular con seguridad:

  • Permiso de conducción o carnet de conducir
  • Permiso de circulación
  • Tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV)
Documentación obligatoria en España que debes llevar siempre en el coche.

1. Permiso de conducir

Cuando conduzcas, es obligatorio llevar siempre contigo el carnet de conducir. En caso de extravío o de que acabes de aprobar el examen de conducir y aún no te ha llegado a casa, deberás entregar la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que es ese carnet temporal válido hasta que llega el definitivo.

2. Permiso de circulación del vehículo

Cuando pones tu coche en circulación, al igual que el permiso de conducción también tendrás que llevar el permiso de circulación del vehículo o, en su defecto, la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico.

El permiso de circulación es el documento en el que aparecen los datos del vehículo y del titular del vehículo y con el que se certifica que efectivamente está matriculado. Por esto también es denominado “Certificado de matriculación del vehículo” o “Certificado de registro del vehículo”.

Es un librito verde de pocas páginas donde viene toda la información relacionada con el vehículo como la matrícula, fecha de matriculación, periodo de validez de la matriculación si esta no es ilimitada, fecha y lugar de expedición, marca, tipo, variante o versión, masa máxima, servicio y el número de plazas.

3. Tarjeta de inspección técnica del vehículo

Para poder conducir un vehículo, también es obligatorio llevar la tarjeta de inspección técnica del vehículo junto al último informe de la ITV y la pegatina correspondiente pegada en el parabrisas,

La pegatina es obligatoria solo para aquellos vehículos con cierta edad de antigüedad. Por ejemplo, la de los turismos es desde los 4 años,

Seguro del coche

Aunque ya no sea obligatorio llevar en el coche tanto la póliza del seguro como el recibo del último pago en vigor, dado que los agentes pueden comprobarlo de forma telemática, nunca está de más llevar junto al resto de documentación necesaria el seguro del coche.

Obtenerlo sí es necesario. La ley exige al propietario del vehículo un seguro obligatorio de responsabilidad civil para cubrir los daños a terceros.

Recuerda, si vas a poner un coche en circulación, deberás llevar siempre en encima el carnet de conducir, el permiso de circulación del vehículo o la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, la tarjeta de inspección técnica del vehículo con el último informe de la ITV y la pegatinacorrespondiente. Además de la póliza del seguro y el recibo del último pago, aunque este último ya no es necesario llevarlo.

¿Y si voy a circular un vehículo de alquiler?

También los vehículos de alquiler requieren las mismas obligaciones, por tanto, recuerda comprobar que incluye toda esta documentación antes de ponerlo en circulación.

¿Qué debo hacer si pierdo o extravío alguno de estos papeles?

Ya sea por robo o extravío, lo primero que debes hacer será dirigirte a comisaría a poner una denuncia para evitar un uso fraudulento por parte de otra persona.

Y por supuesto, tendrás que pedir una cita previa en la Jefatura de la DGT y en la ITV para solicitar los duplicados de los documentos.

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